El estado argentino no garantiza el acceso al aborto no punible
Por Sandra Chaher
El estado argentino acaba de recibir su tercer llamado de atención por parte de un organismo internacional de protección de los derechos humanos por las dificultades en el acceso de las mujeres a sus derechos sexuales y reproductivos y en particular al aborto terapéutico. A las recomendaciones realizadas en el año 2010 por el Comité de la CEDAW y el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, acaba de sumarse la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, dependiente de la OEA.
El 1 de abril, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) emitió un comunicado de prensa referido a su 141 período de sesiones ordinarias en el que, en su anexo, señala que 'el aborto terapéutico es reconocido internacionalmente como un servicio de salud especializado y necesario para las mujeres cuya finalidad es salvar la vida de la madre cuando ésta se encuentra en peligro a consecuencia de un embarazo; servicio cuya negación atenta contra la vida, la integridad física y psicológica de las mujeres' y reclama a los estados de la región que eliminen 'todas las barreras de derecho y de hecho que impiden a las mujeres su acceso a servicios de salud materna que ellas necesitan como la sanción penal al acudir a estos servicios'.
La mención específica al tema del aborto terapéutico y los derechos sexuales y reproductivos en el comunicado de prensa de la institución es consecuencia de una audiencia mantenida por las autoridades de la misma junto a 12 organizaciones de la sociedad civil de todo el continente el pasado 28 de marzo. El encuentro fue pedido por las organizaciones con el objetivo de informar a la CIDH sobre la situación de la salud y los derechos reproductivos en el continente, en particular las dificultades de acceso al aborto terapéutico, situación que se reitera son dificultades similares en la mayoría de los países de la región.
'Es altamente positiva esta mención de la CIDH sobre el tema en su comunicado de prensa –señala la abogada Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), una de las tres organizaciones de Argentina que participó del encuentro, junto a la ADC (Asociación por los Derechos Civiles) y al CEDES (Centro de Estudios de Estado y Sociedad)-. Es un organismo más de seguimiento de los derechos humanos que señala al estado argentino su incumplimiento en este tema. Y es particularmente importante que haya sido la CIDH y no la Comisión Interamericana de las Mujeres (CIM), porque la CIDH se dedica a analizar temas duros de género, con lo cual significa instalar los temas de derechos sexuales y reproductivos en esta zona de más difícil acceso.'
En América Latina hay países donde el aborto está totalmente penalizado (Chile, Nicaragua, Republica Dominicana, El Salvador y Honduras) y otros donde se establecen causales de excepción con diferentes grados de punibilidad pero cuyo cumplimiento es irregular (Brasil, Bolivia, Ecuador, Costa Rica, Guatemala, Argentina, Uruguay, Haití, Paraguay y Perú entre otros). En este sentido, las ong’s señalaron que deberían implementarse en el continente protocolos de atención para la interrupción legal del embarazo por parte de los Estados que permita el acceso al aborto legal y evite la actual confusión de los equipos de salud, y describieron los riesgos y consecuencias para la salud y la vida de las mujeres del mercado clandestino e inseguro.
Advertencias anteriores
El llamado de atención de la CIDH no es el primero que recibe el estado argentino sobre este tema de parte de un organismo internacional de protección de los derechos humanos. En el año 2010 recibió una recomendación similar del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) y otra del Comité de la Convención Internacional para Prevenir todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que vela por el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, expresó en un documento del 22 de marzo del 2010, su preocupación por la restrictiva legislación sobre aborto presente en el artículo 86 del Código Penal, así como 'por la inconsistente interpretación por parte de los tribunales de las causales de no punibilidad contenidas en dicho artículo'. La mención al aborto en el CDH tiene una relevancia similar a la del reciente llamado de atención de la CIDH ya que en ambos casos se trata de organismos que abordan todos los temas de derechos humanos y que hacen un señalamiento específico sobre un derecho sexual y reproductivo vulnerado de las mujeres.
Apenas cuatro meses después, el 20 de julio del 2010, fue difundido un informe del Comité de la CEDAW en el que se analizó el cumplimiento por parte del Estado Argentino de los derechos humanos de las mujeres. El Comité reclamó al Estado la revisión de la legislación que criminaliza el aborto, señalando las graves consecuencias que tiene la misma sobre la salud y la vida de las mujeres, y reclamó también la aplicación uniforme y equitativa en todo el país de la Guía de Atención del Aborto No punible –elaborada por el Ministerio de Salud en el año 2007, durante la gestión de Ginés González García, pero nunca difundida-, el acceso de mujeres y adolescentes a los servicios de salud sexual y reproductiva, y la efectiva implementación de la educación sexual integral en las escuelas.
El pedido de los tres organismos se apoya en el reconocimiento y aprobación por parte de Argentina de los acuerdos internacionales que cada uno de los comités protege. Es decir, que el país, que desde la reforma constitucional del ’94, reconoce a los acuerdos internacionales con jerarquía constitucional, está incumpliendo con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y varones de Argentina protegidos por esos acuerdos.
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